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Aquí tenéis un par de sentencias acerca de lo que estamos hablando en FOL: una sobre vacaciones que se solapan con una baja por enfermedad y otra sobre el despido de un trabajador por enfermedad.
3 comentarios:
Anónimo
dijo...
Creo que todos los trabajadores tenemos derecho a nuestras vacaciones a pesar de haber estado de baja, aunque reconozco que es molesto para la empresa la ausencia de esa persona, pero siempre que sea por una baja justa tendrá que aguantarse. El empleado tiene derecho a sus vacaciones. Tampoco creo que sea justo un despido por enfermedad, no elegimos cuando enfermamos aunque si que hay gente que coge bajas en exceso por nada. Laida
En cualquier momento uno se puede ver obligado a cogerse la baja por necesidad (aunque hay mucho fraude en este ámbito)y no por eso se le puede botar de la empresa, pero en cuanto a enfermedades de larga duración es más complicado, porque al empresario no se le garantiza la ocupación de ese lugar y al fin y al cabo este está pagándole por una labor que no se lleva a cabo. Lo veo de difícil solución la verdad.
Mientras que en contrato no exista ninguna cláusula que determine cuando cobramos pagas extras y cuando no, todo trabajador tenemos derecho al sueldo, pluses, dietas y pagas extras acorde a lo firmado en el contrato. Yo tengo 14 pagas y un bruto estipulado al año y no me lo toca ni dios. Iván-Amador
3 comentarios:
Creo que todos los trabajadores tenemos derecho a nuestras vacaciones a pesar de haber estado de baja, aunque reconozco que es molesto para la empresa la ausencia de esa persona, pero siempre que sea por una baja justa tendrá que aguantarse. El empleado tiene derecho a sus vacaciones.
Tampoco creo que sea justo un despido por enfermedad, no elegimos cuando enfermamos aunque si que hay gente que coge bajas en exceso por nada.
Laida
En cualquier momento uno se puede ver obligado a cogerse la baja por necesidad (aunque hay mucho fraude en este ámbito)y no por eso se le puede botar de la empresa, pero en cuanto a enfermedades de larga duración es más complicado, porque al empresario no se le garantiza la ocupación de ese lugar y al fin y al cabo este está pagándole por una labor que no se lleva a cabo.
Lo veo de difícil solución la verdad.
Leire
Mientras que en contrato no exista ninguna cláusula que determine cuando cobramos pagas extras y cuando no, todo trabajador tenemos derecho al sueldo, pluses, dietas y pagas extras acorde a lo firmado en el contrato. Yo tengo 14 pagas y un bruto estipulado al año y no me lo toca ni dios.
Iván-Amador
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